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PSE GIPUZKOA

PSE-EE PSOE Socialistas Vascos

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Procedimiento Primarias Gipuzkoa 2017

1. argazkia

1.- PRESENTACIÓN DE CANDIDATURAS 

Para participar en el proceso de elección para la Secretaría General del PSE-EE de Gipuzkoa como candidato/a, se requiere: 

  • Ser militante del PSE-EE (PSOE)
  • Para el Congreso Provincial, reunir, como mínimo, el aval del 20% del total del censo válido en el Territorio para el proceso.

 

2.- RECOGIDA DE AVALES 

2.1.- Comunicación a la Comisión Organizadora del Proceso de la presentación de precandidaturas 

Aquellos/as militantes que quieran realizar la recogida de avales para presentar su candidatura a la Secretaría General de la Comisión Ejecutiva de Gipuzkoa, deberán comunicarlo por escrito, entre el 19 y el 20 de junio, a la Comisión de Garantías Electorales de Gipuzkoa, con sede en las dependencias de la Comisión Ejecutiva de Gipuzkoa.

 

2.2.- Periodo de recogida de avales 

El periodo de recogida de avales comprenderá desde el día 19 al 28 de junio, a las 12:00 horas

 

2.3.- Impresos oficiales para la recogida de avales. Tipología y Modelos

 

Los impresos que serán siempre en modelo oficial, podrán ser colectivos (hojas de 10 avales cada una) o individuales

  • Los impresos colectivos están destinados a facilitar la recogida de avales por parte de las candidaturas en hojas en las que se pueden formalizar un máximo de 10 avales por cada una de ellas. 
  • Para proceder a la verificación y validación de avales recogidos en el modelo colectivo, será imprescindible que estén cumplimentados los campos relativos a la persona responsable de recogida de los avales, que es la responsable de que los datos y firmas que aparecen en dicho avales expresen la voluntad de avalar del/la militante, así como la persona responsable provincial que actúa en nombre del aspirante a candidato/a. 
  • Los impresos individuales están destinados a todos/as aquellos/as militantes que de manera individual quieran emitir su aval a favor de alguna de las candidaturas. 

En estos casos será necesario aportar fotocopia del DNI y remitir el impreso con el aval a la Comisión de Garantías Electorales de Gipuzkoa.

  

2.4.- Dónde conseguir los impresos de avales

 

  1. La Comisión de Garantías Electorales de Gipuzkoa facilitará las hojas de avales colectivos directamente a los/as aspirantes a candidatura.

 

  1. En la web del PSE-EE de Gipuzkoa se podrán descargar los impresos oficiales; tanto del modelo de impreso colectivo, como del modelo de impreso para aval individual.

 

  1. En las agrupaciones locales y de distrito.

 

2.5.- Recepción y validez de avales

 

Durante todo el periodo de recogida de avales y presentación de candidaturas, los representantes de los aspirantes, las agrupaciones y los militantes podrán hacer llegar avales al Comité Organizador. Dichos avales quedarán bajo la custodia de la Comisión de Garantías Electorales.

 

  1. Los/las aspirantes a la candidatura:

Bien por sí mismos, o a través de sus representantes, podrán hacer llegar al Comité Organizador, durante todo el plazo habilitado (del 19 hasta el 28 de junio, a las 12:00h), las hojas con los avales originales que hayan recogido, tanto en los impresos colectivos, como individuales. Esta presentación se realizará de manera presencial por el/la aspirante o su representante.

 

  1. Las agrupaciones:

Las Comisiones Ejecutivas Municipales y/o de Distrito, podrán tramitar ante la Comisión de Garantías Electorales de Gipuzkoa los avales individuales otorgados y firmados por los/las militantes de una agrupación.

Este aval en modelo individual deberá llegar junto con copia del DNI de el/la avalista.

 

  1. Los/las militantes:

Podrán presentar su aval de manera directa ante la Comisión de Garantías Electorales de Gipuzkoa, utilizando los impresos del modelo individual, mediante:

 

  • Correo certificado, dirigido a la Comisión de Garantías Electorales de Gipuzkoa, adjuntando el aval originario (texto y firma manuscrito) y una copia de su DNI. Las cartas certificadas con los avales deberán ir dirigidas a:

 

PSE-EE DE GIPUZKOA

“AVALES SECRETARÍA GENERAL 2017”

CALLE PRIM Nº 15

20006 – SAN SEBASTIAN

  

Para la remisión de avales por correo certificado, se establece un plazo entre el 19 y 24 de junio. Dicho plazo se acreditará con el sello de registro de la oficina de correos correspondiente.

 

  • Correo electrónico, adjuntando un archivo con la imagen de su aval y de la fotocopia con la imagen del DNI. Dicho correo electrónico, se remitirá a la dirección: sgeneral@socialistasguipuzcoanos.com, indicando en el asunto “AVALES SECRETARÍA GENERAL 2017”.

 

Todos los avales (colectivos e individuales) entregados y/o presentados ante la Comisión de Garantías Electorales de Gipuzkoa antes de que finalice el plazo señalado (28 de junio a las 12:00h), serán custodiados por la citada comisión hasta la fecha de su verificación y validación. 

Nadie podrá avalar a más de una persona. Se considerarán avales nulos todos los emitidos por una persona a favor de más de una candidatura. 

Se contabilizará como un único aval válido cuando un/a militante avale más de una vez a un mismo candidato/a.

 Una vez terminado el proceso de verificación se elevará un acta del mismo y se procederá a la proclamación de los/las candidatos/as a la Secretaría General del PSE-EE de Gipuzkoa. 

 

2.6.- Acceso al censo de militantes 

El censo de militantes será custodiado y gestionado por la Comisión Organizadora del proceso, siguiendo las directrices del Departamento Federal de Afiliación y Censo, que velará por su uso responsable, así como por el pleno respeto a la legislación sobre protección de datos.

 Las personas que deseen proceder a la recogida de avales a favor de algunos/as de los/las aspirantes, podrán consultar la inscripción en el censo de militantes, sin que dicha consulta pueda suponer el acceso o la obtención a datos de carácter personal, de conformidad con el desarrollo legislativo sobre protección de datos de carácter personal. 

Desde la Comisión Organizadora, se les facilitará el resumen numérico del censo de militantes por ámbito territorial, así como el certificado provisional y definitivo del número de avales necesario para ser proclamado/a candidato/a. 

Quienes hayan presentado su candidatura a la Secretaría General podrán acreditar ante la Comisión de Garantías Electorales un representante, que esté presente en la verificación de los avales y el recuento de los mismos. 

 

3.- VERIFICACIÓN DE AVALES Y PROCLAMACIÓN DE CANDIDATURAS 

3.1.- Validación de avales y proclamación provisional de candidaturas 

La Comisión de Garantías Electorales de Gipuzkoa será la encargada de velar por la validación de los avales y, en consecuencia, de la proclamación, como tales, de los/las candidatos/as que reúnan los requisitos de sufragio pasivo establecidos. 

Verificados y validados los avales presentados, la Comisión de Garantías Electorales de Gipuzkoa realizará la proclamación provisional de candidaturas.

 

3.2.- Régimen de recursos 

Contra esta proclamación provisional, cabrá recurso de reposición ante la propia Comisión de Garantías Electorales de Gipuzkoa, que deberá presentarse antes de las 12:00h del 29 de junio, y deberá resolverse dentro de aquel mismo día. 

En ningún caso serán recurribles hechos, acuerdos o decisiones, que no sean determinantes en la proclamación – o no – como candidatura de cualquier precandidatura. 

Los recursos podrán interponerse por cualquiera de los aspirantes que se hubieran personado en el proceso de verificación y recuento de avales. 

Se entenderá que aquellos aspirantes que no se hubieran personado en este acto – proceso de verificación y recuento de avales – renuncian a su condición de parte del proceso de consulta.

 

3.3.- Proclamación definitiva de candidaturas 

Transcurrido el plazo de interposición de recursos contra la proclamación provisional de candidaturas sin que se haya presentado ninguno, o resueltos los interpuestos, la Comisión de Garantías Electorales de Gipuzkoa procederá a la proclamación definitiva de candidaturas el día 29 de junio

Realizada la proclamación definitiva de candidaturas, si se diese la circunstancia de que sólo fue proclamada una única candidatura, se entenderá electa como Secretario/a General, sin proceder a los trámites encaminados a la votación por la militancia.

 

4.- MEDIOS A DISPOSICIÓN DE LAS CANDIDATURAS PROCLAMADAS

 

A las candidaturas, una vez proclamadas, se les podrá facilitar en igualdad de condiciones, los siguientes recursos: 

  • Un envío por correo, a través de circular, a toda la militancia.
  • Un enlace, desde la página de inicio socialistasguipuzcoanos.com a su página, si la tuviera.

En ningún caso, las candidaturas podrán acceder a datos personales de la militancia, de acuerdo con lo estipulado en el desarrollo de la legislación de Protección de Datos de carácter personal. 

Del 29 de junio al 8 de julio, los/las candidatos/as proclamados/as podrán proceder a informar internamente sobre su candidatura a la militancia.

 

5.- CENSO ELECTORAL 

El censo válido para la elección será emitido por el Departamento Federal de Afiliación y Censo (DFAC).

 La fecha de cierre de censo para la jornada de votación será la establecida por el Comité Federal para el 39º Congreso.

 El censo electoral está compuesto por: 

  • La militancia del PSE-EE de Gipuzkoa.
  • La militancia de JSE-EGAZ de Gipuzkoa, que no reúna la condición anterior. 

La Comisión de Garantías Electorales articulará los mecanismos para que se pueda ejercitar esta verificación y velará por la realización de las oportunas correcciones.

 

6.- CENTROS DE VOTACIÓN Y MESAS ELECTORALES 

6.1.- Centros electorales 

Las agrupaciones Municipales y de Distrito serán los centros electorales. 

Los/las militantes de las agrupaciones con un censo inferior a 10 votantes ejercerán su derecho a voto en su agrupación o en la agrupación que establezca la Comisión Ejecutiva Provincial de Gipuzkoa a tal efecto. 

La Comisión Organizadora podrá establecer centros de votación específicos de oficio, o a instancia de las Organizaciones Locales. La militancia afectada deberá ser informada al respecto con suficiente antelación.

 

6.2.- Elección de las Mesas 

En cada agrupación, se establecerá una mesa electoral formada por una presidencia y dos vocalías. 

Las personas que han de formar parte de la mesa, serán designadas mediante sorteo entre los/las militantes, con criterios de proximidad y eficiencia. En dicho sorteo, se elegirán también dos suplentes para cada uno de los puestos de la mesa electoral. El sorteo se realizará entre los días 4 y 5 de julio de 2017. 

 

7.- INTERVENTORES Y APODERADOS

 

7.1.- Interventores/as 

Cada candidatura podrá acreditar, hasta 5 días antes de la jornada de votación (5 de julio a las 12:00h), ante la Comisión Organizadora, a través de las Comisiones Ejecutivas Locales, un máximo de dos militantes con derecho de sufragio activo como interventores/as de una mesa electoral. 

Los/las interventores/as ejercerán sus funciones, participando con voz, pero sin voto, en la Mesa Electoral para la que hayan sido designados, y firmando las actas de la misma. 

Los/las interventores/as designados/as podrán suplirse libremente entre sí, sin que puedan actuar ambos al mismo tiempo en la mesa. 

Los/las interventores/as ejercen su derecho al voto en la mesa ante la que están acreditados para la elección de la Secretaría General.

 

7.2.- Apoderados/as 

Los/las apoderados/as, que se acreditarán también hasta 5 días antes (5 de julio a las 12:00h), ejercerán sus funciones participando con voz, pero sin voto, en cualquier Mesa Electoral, no pudiendo desempeñar sus funciones de manera simultánea más de un/a apoderado/a de cada candidatura en el mismo centro electoral. 

Los/las apoderados/as votarán en la mesa en la que estén censados.

 

8.- JORNADA DE VOTACIÓN 

8.1.- Prohibición de campaña en la jornada de votación 

Quedan prohibidos los actos de promoción o solicitud de voto – para cualquiera de las candidaturas – el día de la jornada de votación. 

8.2.- Jornada de votación 

La jornada de votación se celebrará el día 9 de julio en el conjunto de las agrupaciones municipales y/o de distrito, y de manera simultánea se votarán las candidaturas a la Secretaría General de Gipuzkoa y a la Secretaría General de Euskadi. 

Con carácter general, la votación se realizará en una jornada continua de 10 horas de duración. 

Para aquellos centros de votación de menos de 100 militantes, podrán realizarse jornadas reducidas de votación de carácter continuo y de, al menos, 4 horas de duración. 

El comité local correspondiente comunicará previamente las horas de votación a cada militante, junto a la información del lugar en el que ejerce su derecho al voto.

 

8.3.- Voto anticipado 

Si algún compañero o compañera no pudiese estar en su agrupación local para emitir el voto el día 9 de julio, podrá emitirlo de forma adelantado entre los días 30 de junio y 5 de julio (hasta las 12:00h), ante la Comisión de Garantías Electorales de Gipuzkoa, personándose en la siguiente sede: 

  • Gipuzkoa: Calle Prim nº 15, de Donostia-San Sebastián.

 

9.- PAPELETAS Y SOBRES 

El voto constará de papeleta y sobre. La Comisión Organizadora aprobará los modelos oficiales de papeletas y sobre.

 

10.- VOTACIÓN 

El acto de la votación será personal, secreto y presencial. Los/las militantes ejercerán su derecho al voto en la agrupación en la que están afiliados/as o en el centro de votación que la comisión organizadora haya establecido a tal efecto. 

Los/las electores/as acreditarán su identidad ante la Mesa, exclusivamente, mediante la presentación del DNI, pasaporte o carnet de conducir.

 La Presidencia recogerá el voto y, comprobando que se ejerce el voto con un único sobre, devolverá la papeleta a el/la elector/a, quien lo depositará en la urna.

 

11.- CIERRE DE LA VOTACIÓN 

Una vez finalizado el horario establecido en cada agrupación, la Presidencia de la Mesa anunciará el fin del acto de votación, permitiendo el voto a quienes, no habiéndolo ejercido, se hallen en el centro de votación. 

Posteriormente, ejercerán su derecho al voto los/las interventores/as y los miembros de la Mesa.

 

12.- ESCRUTINIO 

Concluidos los trámites anteriores y sin mayor dilación, se procederá al escrutinio de los votos. 

La validez de los votos y su consideración como voto nulo se atendrá a lo dispuesto en la LOREG. 

Efectuado el escrutinio, la Mesa extenderá y firmará el acta con los resultados en el modelo aprobado por la comisión organizadora del proceso, que también firmarán los/las interventores/as de las candidaturas. 

En el acto, se reflejarán las incidencias de la sesión, así como las protestas de las candidaturas. 

El acta se remitirá, a la mayor brevedad, a la Comisión Organizadora del proceso, por los telemáticos oportunos habilitados al efecto, debiendo quedar el original en custodia del Secretario de Organización de la agrupación municipal o de distrito, sin que pueda destruirse hasta la proclamación definitiva de la Secretaría General.

 

13.- PROCLAMACIÓN DE RESULTADOS PROVISIONALES

 

13.1.- Proclamación provisional 

Recibidos los datos del escrutinio de las mesas electorales, la Comisión organizadora del proceso proclamará el resultado provisional de la elección el día 10 de julio.

 

13.2.- Régimen de recursos 

Hasta las 14:00h del día 11 de julio de 2017, podrá interponerse recurso contra esta proclamación provisional ante la Comisión de Garantías Electorales de Gipuzkoa, que procederá a su resolución en el mismo día. 

Cabrá recurso en segunda instancia ante la Comisión Federal de Ética, a presentar en las siguientes 24 horas. La Comisión Federal de Ética tendrá 24 horas para resolver. 

En ningún caso serán recurribles hechos, acuerdos o decisiones que no sean determinantes en la proclamación.

 

13.3.- Proclamación definitiva 

La Comisión de Garantías Electorales de Gipuzkoa procederá a la proclamación definitiva de el/la Secretario/a General el día 12 de julio de 2017.

 

14.- NORMATIVA COMPLEMENTARIA 

La Comisión Organizadora podrá adoptar acuerdos sobre todos aquellos aspectos no recogidos en la presente normativa, así como desarrollar Instrucciones y Normas complementarias, que garanticen el buen desarrollo de la consulta.

 

15.- COMISIÓN ORGANIZADORA DEL PROCESO 

La Comisión Organizadora está compuesta por los siguientes miembros: 

  • Secretario de Organización del PSE-EE de Gipuzkoa.
  • Secretaria de Política Institucional del PSE-EE de Gipuzkoa.
  • Asesoría Jurídica de Gipuzkoa.
  • Responsable Administración de Gipuzkoa.