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PGOU | Alegación sobre Zaldunborda
EL PSE-EE de Hondarribia por el presente, dentro del plazo de exposición pública concedido, presenta la siguiente ALEGACIÓN AL PLAN GENERAL DE ORDENACION URBANA DE HONDARRIBIA:
Situación de Zaldunborda
Cualquier alegación que se haga a este PGOU, parte de la misma premisa: lo erróneo es el modelo de ordenación que persigue el PGOU, que conduce sin remisión a una regulación errónea y trasnochada, alejada del interés general de la ciudad.
Recordemos que la sentencia firme dictada el 25 de mayo de 2.020 por el TSJPV, declara la nulidad del Plan General de Ordenación Urbana de Hondarribia. Y el PGOU que se presenta vuelve a ser más de lo mismo: el mismo modelo de desarrollo urbano que prescinde de los intereses de la ciudadanía y pone la ciudad al servicio de los intereses económicos de unos pocos.
Encontramos que también plantea desarrollos de actividad económica que nada tiene que ver con las necesidades de la ciudad. Se permiten a futuro ámbitos comerciales totalmente alejados del núcleo urbano, cuyo único objetivo es el beneficio de los promotores.
En la zona de Gaintxurizketa, nos volvemos a encontrar con los ámbitos 1.1 Elbistieta, 1.2 Zaldunborda Gaina, 1.3 Bidaurrenta, y 1.4 Zaldunborda. Son ámbitos con uso industrial en la actualidad, totalmente desconectados de la trama urbana, y sin conexión alguna con los centros de actividad o residencia.
En ambos casos, el PGOU vuelve a abrir la posibilidad de implantación de usos comerciales en estos ámbitos, al igual que hizo la muy controvertida propuesta del PGOU de 2017, enfocado a la creación del macro-outlet 'Hondarribia Village'. No obstante, ahora su dimensión no podrá ser la misma, al haberse aprobado la ley que regula las grandes superficies comerciales, precisamente en este sentido, y justo un día después de que se aprobase aquel PGOU, por suerte, ahora ya anulado.
El PGOU vuelve a proponer como uso característico el de “Actividad económica” (En modalidades a definir por el plan parcial), y expresamente “Se autoriza la implantación de usos comerciales de Categoría 4ª”. Esto es, los de mayor superficie, superior a 2.500 m2, que se ordenan en galerías o centros comerciales.
El PGOU prevé unas edificabilidades para actividad económica muy altas, de 0.70 m2(t)/m2 en Elbistieta, de 0.80 en Zaldunborda Gaina y de 0.55 en Bidaurreta. Se remite al Plan de Compatibilización para Zaldunborda.
Las superficies de suelo para actividad comercial son: 21.090,00 m2 en Elbistieta, 50.034,00 m2 en Zaldunborda Gaina, 16.844,00 m2 en Bidaurrenta, y 8.866,00 m2 en Zaldunborda.
A nada que comparemos con el PGOU anulado de 2017, vemos que las superficies para uso “B actividad comercial” en Elbistieta y Zaldunborda Gaina bajan sustancialmente, y se mantienen en Bidaurrenta y Zaldunborda.
En conclusión, se reducen los suelos, pero les meten más edificabilidad. Si aplicamos estas edificabilidades a la superficie B “Actividad comercial”, nos da una edificabilidad total agregada, entre todos los ámbitos, de 64.054 m2 (t) de uso de actividad comercial, Zaldunborda aparte.
Esta ubicación ha sido muy discutida, pues no es apta para este uso, y va a generar problemas de tráfico: el propio PGOU dice “En el caso de que se proponga la implantación de usos –comerciales y otros similares‐ que den lugar a demandas de tráfico elevadas, se deberán incorporar al planeamiento de desarrollo los estudios de movilidad correspondientes” …
Hondarribia e Irún tienen un sistema viario inconcebible en cualquier ciudad europea de estas dimensiones. El sistema está colapsado permanentemente, generando enormes molestias y problemas de desplazamiento a los habitantes. Y además Hondarribia no tiene alternativa, al no contar con ningún tipo de transporte ferroviario, sea tren o tranvía, con lo que el autobús padece los atascos al igual que el transporte privado.
En esta actuación no se justifica el menor interés para la ciudad, ni mucho menos la necesidad de crear esta superficie de actividad comercial. No se estudia cómo repercutirán en el comercio, ni mucho menos si supondrá una mejora de servicios y dotaciones públicas y privadas. Se ha discutido mucho sobre la implantación de actividades comerciales aquí, y parece que se quiere mantener viva la discusión.
Y este PGOU vuelve a la carga como el anulado, intentando colocar unos establecimientos comerciales en ningún sitio, totalmente desconectado de todo, y que ya reconoce que supondrá un fuerte incremento del tráfico.
Estimamos, al igual que gran parte de la ciudadanía, que esto es un despropósito y no debe ser admitido.
Además, esta zona está situada en Áreas de Especial Interés Paisajístico (PTP), con lo que su afección injustificada hace aún más incomprensible esta propuesta.
En definitiva, volver a generar un ámbito de actividad comercial, aunque más pequeño, no está justificado, sólo traerá problemas de tráfico a un viario que lleva décadas colapsado, y acarreará muchos problemas al comercio. Por ello, abogamos por la calificación de esos suelos como suelo industrial, con expresa prohibición del uso comercial.
Por lo expuesto y en su virtud,
SOLICITA
que, teniendo por presentado este escrito, lo admita y por formuladas las alegaciones que en el mismo se contienen, las estime y proceda a modificar el Documento Aprobación Inicial del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de Hondarribia sometido a información pública en el sentido que se deriva del contenido de las consideraciones que se Incluyen en el cuerpo del presente escrito. En síntesis:
- Se elimine el uso comercial en las zonas 1.1 Elbistieta, 1.2 Zaldunborda Gaina, 1.3 Bidaurrenta, y 1.4 Zaldunborda por no ser aptos ni idóneos para dicho uso.
- Se establezca el uso industrial como único uso posible.