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PGOU | Alegación sobre Mendelu

EL PSE-EE de Hondarribia por el presente, dentro del plazo de exposición pública concedido, presenta la siguiente ALEGACIÓN AL PLAN GENERAL DE ORDENACION URBANA DE HONDARRIBIA:

Situación de Mendelu

Cualquier alegación que se haga a este PGOU, parte de la misma premisa: lo erróneo es el modelo de ordenación que persigue el PGOU, que conduce sin remisión a una regulación errónea y trasnochada, alejada del interés general de la ciudad.

Recordemos que la sentencia firme dictada el 25 de mayo de 2.020 por el TSJPV, declara la nulidad del Plan General de Ordenación Urbana de Hondarribia. Y el PGOU que se presenta vuelve a ser más de lo mismo: el mismo modelo de desarrollo urbano que prescinde de los intereses de la ciudadanía y pone la ciudad al servicio de los intereses económicos de unos pocos. Se vuelve a presentar el mismo documento a exposición pública.

Este plan es incomprensible desde la perspectiva moderna del urbanismo sostenible. Y es que hay un consenso generalizado en que toda actuación territorial y urbana debe tener como objetivo:

- La cohesión social y el desarrollo sostenible

- La rehabilitación como eje prioritario

- Minimizar al máximo el consumo de nuevos suelos

- Considerar la eficiencia energética como algo esencial para diseñar los espacios urbanos.

 

Es un plan de urbanismo especulativo, cuya orientación política es ocuparse sólo de los nuevos desarrollos residenciales, sin justificación alguna de su necesidad, ni de su interés público, sin importar los impactos negativos que tendrá sobre el territorio, la enorme demanda de movilidad interna que generará, los enormes costes de mantenimiento futuro para el Ayuntamiento. Lo único que se puede garantizar es que hará ganar mucho dinero a unos pocos.

El barrio de Mendelu sigue siendo, 10 años después, la zona más necesitada de atención pública de todo Hondarribia. Esta zona ya era recogida en el estudio del Gobierno Vasco de diciembre de 2011 sobre “Diagnóstico de las necesidades de intervención en la renovación del parque edificado de la CAPV” como ámbito con un grado de vulnerabilidad muy alto.

Fruto de anteriores demandas de este grupo, se recogen en la propuesta de PGOU diversas iniciativas: formulación de Plan Especial, para definir las estrategias de regeneración y renovación urbana necesarias.

El propio Plan dice que el Ámbito, presenta una compleja problemática territorial y urbanística:

- Inundabilidad y problemática de drenaje

- Impacto del paso elevado de la carretera GI‐636

- Impacto del tráfico en el eje Mendelu Kalea / Amutalde Kalea

- Deterioro y contaminación de la regata Zubi-Muxu

- Deterioro y baja calidad de la edificación residencial: La elevada edad, y, precarias condiciones constructivas y de conservación de la edificación…

- Carencias dotacionales de espacios libres, equipamientos y aparcamiento:

- Proximidad del Aeropuerto y afección por las superficies de aproximación y despegue de las servidumbres aeronáuticas

Hay que recordar que el Plan General de 2017 propuso la formulación por el Ayuntamiento de Hondarribia de un plan especial de renovación urbana. Dicho Plan no llegó ni a ser encargado.

La situación de inactividad y dejación en la adopción de medidas durante largo tiempo, ha generado una aceleración de la degradación de las edificaciones. Hay diversas viviendas de la zona se encuentren afectadas por ITEs desfavorables, que ordenan la ejecución de obras de alto impacto económico para familias que no pueden afrontarlo.

Pero el PGOU no contiene plazos para la ejecución de las previsiones del futuro Plan Especial; sólo marca 18 meses para la formulación del Plan Especial; para objetivos de ejecución, no hay nada, todo se remite al Plan Especial. No hay el menor compromiso presupuestario o de gestión. Y el tiempo es inexorable.

Deben preverse desde el propio Plan inversiones y planes de ayudas públicas municipales y complementarias para la rehabilitación de las edificaciones. El Ayuntamiento debe prever, desde ya, un fondo de ayudas públicas para impulsar y financiar las actuaciones mínimas necesarias, impuestas por las ITEs, comenzando con el caso de Mugondo (Mendelu).

La actuación en Mendelu se pactó hace casi 10 años, y durante la vigencia del PGOU no se hizo nada, y se podría estar ya trabajando en este tema. Es necesario

 

Por lo expuesto y en su virtud,

SOLICITA

que, teniendo por presentado este escrito, lo admita y por formuladas las alegaciones que en el mismo se contienen, las estime y proceda a modificar el Documento Aprobación Inicial del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de Hondarribia sometido a información pública en el sentido que se deriva del contenido de las consideraciones que se Incluyen en el cuerpo del presente escrito. En síntesis:

- Hacer constar unos plazos concretos de ejecución para los hitos del Plan Especial y las diversas actuaciones

- Prever desde el Plan una dotación económica para ayudas a actuaciones urgentes.

- Debe establecerse el criterio preferente y vinculante, de que las necesidades que se detecten en dicho estudio deberán ser destino preferente de los recursos del Patrimonio Municipal del Suelo.