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PGOU | Alegación sobre Amute-Kosta (Convento Franciscanos, antiguo Cuartel)

EL PSE-EE de Hondarribia por el presente, dentro del plazo de exposición pública concedido, presenta la siguiente ALEGACIÓN AL PLAN GENERAL DE ORDENACION URBANA DE HONDARRIBIA:

Amute / Kosta 4.1 Convento Franciscanos, antiguo Cuartel

Cualquier alegación que se haga a este PGOU, parte de la misma premisa: lo erróneo es el modelo de ordenación que persigue el PGOU, que conduce sin remisión a una regulación errónea y trasnochada, alejada del interés general de la ciudad.

Recordemos que la sentencia firme dictada el 25 de mayo de 2.020 por el TSJPV, declara la nulidad del Plan General de Ordenación Urbana de Hondarribia. Y el PGOU que se presenta vuelve a ser más de lo mismo: el mismo modelo de desarrollo urbano que prescinde de los intereses de la ciudadanía y pone la ciudad al servicio de los intereses económicos de unos pocos. Se vuelve a presentar el mismo documento a exposición pública.

El turismo ha tenido una expansión exponencial en nuestra ciudad en los últimos años.

Cuesta expresarlo mejor: la turistificación excesiva, como la que sufre nuestra ciudad, especialmente derivada de las viviendas de uso turístico y del crecimiento incontrolado de los hoteles, transforma la ciudad, disuelve la identidad, y la transforma en un parque temático.

A esto se suma el riesgo general de que las parcelas de actividades económicas de la ciudad se destinen de manera prioritaria a usos de hospedaje (hoteles, pensiones…), con los perjudiciales efectos que eso conlleva o puede conllevar, tales como la excesiva especialización o monocultivo del parque de actividades económicas de la ciudad, el encarecimiento del precio de venta o alquiler de las parcelas, edificaciones y locales destinados a actividades económicas, o la expulsión de la ciudad de otro tipo de actividades económicas terciarias o industriales. Para los usos hoteleros, la directiva en este PGOU es clara: desregulación total.

 En el área AMUTE /KOSTA 4.1, se contiene en antiguo convento de Franciscanos, que también acogió comunidades de los Padres de los Sagrados Corazones, de los Agustinos, y que temporalmente también fue ocupado como cuartel de la Guardia Civil‐, con 5.612m2(t) de usos principales y, 520 m2(t) de usos auxiliares. Esta zona se denomina como “c.2 Equipamiento comunitario privado. Usos diversos”.

El Plan es consciente de sus inadecuadas condiciones de acceso, de fuerte pendiente, y, la afección por las servidumbres aeronáuticas que limitan de forma severa las posibilidades de nueva edificación en la finca. Dado que estas servidumbres impiden su reconstrucción, se plantea un hotel en bajo rasante, si bien seguro que conseguirán tener buenas vistas a la Bahía de Txingudi.

Ya sabemos de la tolerancia histórica de este Ayuntamiento frente al incumplimiento de normas urbanísticas, permitiendo por inacción, expansiones de usos no autorizados en sótanos, bajo cubiertas, y otros espacios, pese a mediar reiteradas denuncias.

Así, sabiendo que el resultado tendrá buenas vistas, se insiste en autorizar usos terciarios privados en el convento de Franciscanos. Esto exigirá un nuevo acceso al Convento de los Franciscanos, para conectar esta edificación a la trama urbana, a través de Komentu-Txiki kalea, y la construcción de servicios y conexiones necesarias.

O sea, se reconoce directamente su desconexión con la trama urbana y toda la red de servicios. Sin embargo, se clasifica como suelo urbano no consolidado. Algo que no se comprende.

El objetivo final de esta regulación es la implantación de uso de alojamiento, autorizado expresamente en la ficha, y siguiendo el esquema del resto de la ciudad.

Esta zona no es adecuada en absoluto para generar usos hoteleros: su lejanía del casco urbano generará un turismo de coche y desplazamiento privado, incompatible con los objetivos de sostenibilidad en la movilidad declarados. Y su complicada orografía exigirá una fuerte afección para la construcción de viarios que cumplan las normas, con otro severo impacto visual y ambiental.

El Ayuntamiento se llena la boca de principios como el turismo sostenible, pero luego plantea un hotel en un ámbito alejado, inaccesible, complicado, y todo para otra actuación especulativa que nada aporta al interés general de la ciudad.

Entendemos que este ámbito no es en absoluto apto para el uso hotelero, en los criterios de sostenibilidad mínima vigentes, y que por ello debe modificarse su ficha, permitiendo estrictamente usos dotacionales públicos o, directamente, eliminando toda edificabilidad en el ámbito.

 

Por lo expuesto y en su virtud,

SOLICITA

que, teniendo por presentado este escrito, lo admita y por formuladas las alegaciones que en el mismo se contienen, las estime y proceda a modificar el Documento Aprobación Inicial del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de Hondarribia sometido a información pública en el sentido que se deriva del contenido de las consideraciones que se Incluyen en el cuerpo del presente escrito. En síntesis:

- Uso dotación para este ámbito